Martes, Noviembre 28, 2017
Corrupción

Tribunal Constitucional aprueba la repostulación de Evo Morales en contra del artículo 168 de la CPE y el referendo del 21F

TIERRA NOTICIAS. El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), viabiliza la repostulación de Evo Morales para un cuarto mandato consecutivo para el gobierno de Bolivia.

"Con esta disposición, a todo ciudadano, a toda persona que estaba limitando (por) la Ley Electoral y la Constitución Política de Estado, están justamente habilitados a que a esas personas a postularse, que en definitivamente elige es el pueblo boliviano", declaro ante los periodistas el presidente del TCP, Macario Lahor Cortez.

Con este fallo, que va contra el artículo 168 de la Constitución y en contra del rechazo del pueblo boliviano en referendo del 21 de febrero del año 2016 a una repostulación de Evo Morales, el TCP concede la tutela sobre el recurso de abstracto de inconstitucionalidad presentado por el Movimiento Al Socialismo (MAS) para habilitar a Morales como candidato a la presidencia del Estado en 2019.

"Hemos dispuesto que justamente la prevalencia, la aplicación preferente de convenios internacionales con relación a la aplicación preferente de esa disposición legal dispuesta en el artículo 256 de la Constitución Política del Estado", dijo Macario Lahor.

Artículo 168. El período de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua.

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Presidente del TCP, Macario Lahor Cortez.

Este fallo también beneficia a "gobernadores, alcaldes, asambleístas, concejales y todos los que implica, justamente, lo que dispone la Constitución Política del Estado que implica también al Presidente y Vicepresidente del Estado", dijo.

El 19 de septiembre del presente año, la bancada oficialista, apoyada por dos disidentes de la oposición, presentaron el recurso en contra de cinco artículos de la Ley Electoral y un número similar de parágrafos de la Constitución, todos referidos a la limitación de las autoridades a presentarse más de una vez a la reelección.

Un día después ingresó a la Comisión de Admisión del TCP, que admitió esa acción el 28 de septiembre, mediante una resolución firmada por los magistrados Zenón Bacarreza, Efrén Choque y Ruddy Flores.

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