Jueves, Abril 12, 2018
Economía

Despachantes de Aduana advierten riesgo de daño grave a la formalidad con la Ley anticontrabando

TIERRA NOTICIAS. El presidente de la Cámara Regional de Despachantes de Aduana de Santa Cruz (CRDA-SC), Antonio Rocha Gallardo, advirtió hoy (12.04.2018) sobre el riesgo que corre la actividad formal de la economía con la nueva Ley de Fortalecimiento de Lucha Contra el Contrabando, que fue sancionada por el Movimiento al Socialismo (MAS) en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), que incorporó "artículos que a título de fortalecer la lucha contra el contrabando atentan contra la formalidad de las importaciones".

"Creemos que hay un alto riesgo de convertir la actividad formal del importador en una actividad ilícita, ese riesgo tenemos que menguar, si no vamos a pretender que todos los formales tengan mucho temor al importar", dijo en conferencia de prensa.

Rocha hizo una relación de las modificaciones del Artículo 181 del Código Tributario Boliviano, que hacen referencia a las contravenciones aduaneras con penas de cárcel en caso de reincidencia, lo que -dijo- va a obligar a hacer inspecciones previas a todas las importaciones bolivianas, lo que generará una saturación de cada recinto de control.

"Nuestra principal preocupación son las modificaciones planteadas al Art. 181 del Código Tributario Boliviano que establece la tipificación de los ilícitos de contrabando. Básicamente estas modificaciones establecen como agravantes de la comisión del ilícito tributario la "reincidencia", estableciendo que la reincidencia de un contrabando tipificado como contravención (de menor cuantía), se convierte en delito con sanción pecuniaria y penal", señala Rocha.

A su juicio, implementar reglas más estrictas a la falsedad aduanera puede significar un riesgo altísimo para el importador y para el declarante.

"Otra modificación perniciosa al Art. 181 es el referido a la falsedad aduanera, que establece que la presentación de cualquier documento aduanero que posibilite la exoneración o disminución de tributos aduaneros, tal el caso de un certificado de origen que a juicio de la Aduana contenga errores u omisiones que invaliden el documento o una factura comercial que contenga una probable inadecuada clasificación arancelaria, esto se considera como el delito de falsedad aduanera con pena de cárcel de 6 a 10 años, cuando en ambos casos el documento que contiene supuesta información o datos falsos, no son responsabilidad del importador y menos del declarante, sino del emisor de tales documentos".

El titular de la CRDA-SC pidió analizar estos aspectos con representantes de la Asamblea Legislativa, para consensuar las modificaciones de esa norma.

 

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