Jueves, Septiembre 23, 2021
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Sala Constitucional de Sucre deja sin efecto el mandamiento de detención de Manfred Reyes Villa

TIERRA NOTICIAS. La Sala Constitucional Segunda de la ciudad de Sucre determinó hoy (23,09,2021), suspender el mandamiento de detención contra el alcalde de la ciudad de Cochabamba, Manfred Reyes Villa, emitido por el Tribunal de Sentencia No 1 y le otorgó medidas cautelares.

“La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, con la concurrencia del vocal Gonzalo Flores, de Sala Constitucional Primera dispone la otorgación de medida cautelar solicitada por el accionante Manfred Armando Antonio Reyes Villa Bacigalupi", señala parte de la resolución judicial.

"Quedando suspendida la ejecución del mandamiento de condena emitido por el Tribunal de Sentencia Penal N°1 de la ciudad de Cochabamba, hasta la emisión de la resolución de la Acción tutelar admitida por esta sala, mediante Auto de fecha 17 de septiembre 2021”, se acota en la decisión judicial.

El documento señala en otra parte resolutiva, que las medidas cautelares son temporales y consiste en en dejar en suspenso el mandamiento de ejecución de condena, hasta que se resuelva la denuncia de vulneración a los derechos del Alcalde Reyes Villa. El argumento fue presentado en un amparo constitucional por los abogados defensores de la autoridad edil.

“Las medidas cautelares son temporales y circunstanciales, corresponde dejar en suspenso todos los efectos de la inadmisibilidad del recurso de casación, dejando también en suspenso el mandamiento de ejecución de condena y los que podrán emitirse, mientras no se analice y resuelva por esta Sala Constitucional las denuncias de vulneración a los derechos fundamentales respecto al auto supremo No 535/2021-RA”, señala la determinación de la Sala Constitucional.

El pasado lunes, la jueza Vivian Monasterio, presidenta del Tribunal de Sentencia No 1 de Cochabamba, ordenó detener al alcalde Reyes Villa, para que cumpla su sentencia de cinco años de cárcel por el caso “El Sillar Alternativo” en el penal de San Sebastián.

Tras conocerse un documento que data del 17 de septiembre de 2021, que declara “ejecutoriada la Sentencia No. 09/2013 leída el 17 de abril”. En ese marco, el Tribunal Departamental de Justicia ordena el “correspondiente mandamiento de condena para el cumplimiento de la pena” y precisa la Fiscalía debe “ejecutar” el citado mandamiento.

GPA/rc

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