Martes, Abril 29, 2025
Seguridad & Defensa

TCP admite recurso de inconstitucionalidad de Decreto 138 de Evo Morales que vulnera la competencia del juez natural por el paro por el Censo

TIERRA NOTICIAS. El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admite un recurso de inconstitucionalidad contra dos artículos del Decreto Supremo 138 que establecen a La Paz como el lugar para que sean juzgados los acusados por terrorismo, sedición o alzamiento armado, vulnerando la atribución del Juez Natural en materia penal.

El recurso interpuesto ante el TCP corresponde al proceso judicial promovido por el paro cívico de 36 días en 2022, que exigía la realización del Censo 2022, otro de los casos por los que la autoridad está detenida en una cárcel paceña, a denuncia del dirigente de la Central Obrera Regional (COR) de El Alto, Juan Marcelo Mayta Huanca, sin ser víctima.

Este proceso penal quedaría paralizado, según Martin Camacho, abogado del gobernador Fernando Camacho.

"El gobierno de Evo Morales había creado esta aberración jurídica para crear una jurisdicción especial en contra de lo que estableció la Constitución Política del Estado, además del Código de Procedimiento Penal. Hoy Tribunal Constitucional, al admitir el recurso porque ha cumplido con los requisitos formales, pero, además porque hay indicios de inconstitucionalidad permite ingresar al fondo de un cuestionamiento que estaba coibido, estaba no tocado en otras oportunidades", dijo el abogado.

El recurso de inconstitucionalidad fue interpuesto ante el TCP por Reinerio Vargas y José Luis Santistevan en contra de los dos primeros artículos del Decreto Supremo (DS) 138 de Evo Morales, por ser "presuntamente contrarios a la Constitución, a la Convención Interamericana de Derechos Humanos y al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos".

Vargas y Santistevan presentaron el recurso de inconstitucionalidad porque están entre los acusados por el dirigente de la Central Obrera Regional (COR) de El Alto, Juan Marcelo Mayta Huanca, por supuestos delitos cometidos durante el paro de 36 días que se realizó exigiendo la realización del Censo 2022.

Uno de los artículos cuestionados del DS 138 es el segundo y en él que se fija a La Paz como el "ámbito de jurisdicción procesal" donde deben ser procesados los acusados por el delito de terrorismo, sedición o alzamiento armado, vulnerando el derecho del Juez Natural, violando la competencia que tienen los jueces existentes en las regiones donde presuntamente se habrían cometido los delitos.

“El recurso ha sido admitido por el TCP, por tanto se debe paralizar el proceso hasta que se resuelva el recurso”, explicó el abogado Martín Camacho. Y para no incurrir en una "condena anticipa", Martín Camacho afirma que "el juez Elmer Laura debería inmediatamente ordenar la libertad" del gobernador Fernando Camacho por el paro por el Censo 2022, detenido en la cárcel de Chonchocoro de Viacha, lejos de su domicilio de Santa Cruz.

El abogado agrega que el TCP analizará el DS 138 para verificar si los artículos cuestionados son inconstitucionales por “violentar el derecho y principio al juez natural”. Además, señala que en caso de declararse inconstitucional se debería respetar la competencia territorial en las investigaciones.

Tierra Plus/rc

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