TSJ no admite recurso de revisión de la expresidente Jeanine Áñez para anular sentencia por caso Golpe II
TIERRA NOTICIAS. La sala plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible el recurso de revisión de sentencia presentado por la expresidenta Jeanine Áñez, para anular la sentencia de 10 años que le fue impuesta por por un Tribunal incompetente, que respaldó el argumento de una supuesta irregular asunción a la presidencia en 2019.
Según el Auto Supremo 173/2025 del 16 de septiembre de 2025, firmado por los nueve magistrados del TSJ, "la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida en los arts. 184.7 de la CPE, 38.6 de la LOJ, y 423 del CPP, FALLA DECLARANDO INADMISIBLE el Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada interpuesto por Jeanine Añez Chávez, ordenándose el desglose de la documentación aparejada y el archivo del expediente”, refiere el dicho documento del TSJ.
Este caso denominado como Golpe II, fue interpuesto por el gobierno del Movimiento al Socialismo (MAS). El 12 de noviembre de 2019, Bolivia sufrío 2 días de vacía de poder, el país no tenía Presidente en medio de un riesgo de enfrentamiento civil. En medio de esa circunstancia, siendo segunda vicepresidenta de la Cámara de Senadores Añez asumió la titularidad de ese órgano y posteriormente la Presidencia del Estado en un acto criminal por la ausencia de la bancada mayoritaria MAS, que después se descubrió fue orquestado y ordenado por Evo Morales.
Si bien el Auto Supremo 173/2025 aclara que en aplicación del artículo 427 del Código Procesal Penal, Áñez “puede volver a presentar un nuevo Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada”, enfatiza que éste tendrá que estar “fundado en motivos distintos”.
La razón que motivó a la sala plena del TSJ no aceptar el recurso, fue que los abogados de la sentenciada no subsanaron tres de las cuatro observaciones realizadas al recurso interpuesto el 25 de agosto.
Se solicitó a los juristas que presenten “una sentencia penal ejecutoriada cuyos hechos contradigan los de la sentencia cuestionada”; que se explique cómo los hechos jurídicos nuevos, hechos sobrevinientes que evidencian injerencia política y lo reclamado en apelación, demuestran que: a) El hecho no fue cometido; b) No fue autora o partícipe, o c) El hecho no es punible.
Además, precisar fundamentos directamente vinculados a la sentencia recurrida. No obstante, la defensa de la expresidenta no presentó mayores respaldos.
“La recurrente se limita a sostener que los hechos sobrevinientes invocados no constituyen sucesos fácticos, sino hechos jurídicos acontecidos con posterioridad a la emisión de la Sentencia condenatoria; sin embargo, restringe su fundamentación a la simple mención del AS 1201/2025 de 15 de julio, la SC 405/2023-S4 de 31 de mayo y el Auto de Vista 108/2022 de 18 de abril, omitiendo y evadiendo explicar (…) de qué manera dichas resoluciones pueden considerarse sentencias penales ejecutoriadas con fuerza material y con supuestos fácticos análogos, que permitan contrastar e identificar la alegada incompatibilidad con los hechos que sirvieron de base para dictar la Sentencia condenatoria cuya revisión se pretende”, se lee en el documento del TSJ.
En consecuencia, se establece que “no resulta jurídicamente admisible que, bajo el pretexto de la revisión, se reabran debates ya resueltos en el marco de las instancias ordinarias ni que se intente cuestionar nuevamente la apreciación de las pruebas producidas durante el juicio oral”.
De esta manera, se alega que “al no haberse satisfecho ninguno de los presupuestos contemplados en el art. 421 del Código de Procedimiento Penal, y al haberse pretendido una utilización extensiva e impropia del recurso, la petición formulada por la recurrente se muestra jurídicamente inviable y debe ser desestimada”.
La expresidenta Añez fue condenada en 2022 por un Tribunal sin competencia a 10 años de prisión por los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes, por los hechos vinculados a su asunción al poder el 12 de noviembre de 2019, luego de la renuncia de Evo Morales.
Tierra Plus
JFA/rc
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